Atribuciones básicas del título

El título de Capitán de Yate permite gobernar embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora facultando la navegación sin límites geográficos.

También permite el gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Atribuciones complementarias del título

Como opción se podrán gobernar embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros sin límites geográficos superando las prácticas de navegación a vela.

Requisitos para la obtención

  • Haber cumplido 18 años de edad, o 16 años con consentimiento paterno o del tutor.
  • Poseer el título de Patrón de Yate (PY).
  • Superar el examen teórico correspondiente.
  • Superar las pruebas prácticas de seguridad y navegación de 48 horas.
  • Superar el curso de Radio-Operador de Corto Alcance de 12 horas.
  • Superar el curso opcional de Radio-Operador de Largo Alcance de 16 horas.
  • Superar las prácticas de Navegación a Vela de 16 horas (en caso opcional).
  • Certificado Médico donde que acredite las condiciones psicofísicas para el gobierno de embarcaciones de recreo.

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